Conflicto de interés: las reglas (y las grietas) del sistema anticorrupción mexicano
Cada mayo, miles de funcionarios deben declarar su patrimonio e intereses para prevenir conflictos de interés. Pero la presidenta del comité ciudadano que vigila el sistema anticorrupción del país lo describe como poco más que un trámite simbólico.
El artículo 108 de la Constitución y la Ley General de Responsabilidades Administrativas obligan a toda persona que ocupe un empleo público a presentar cada año una declaración patrimonial y de intereses. El plazo para la actualización anual venció el 31 de mayo de 2026.
Ese mecanismo forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), creado en 2016 para articular a distintas instituciones en la tarea de investigar y sancionar la corrupción.
El Sistema Nacional Anticorrupción es como un llamado a misa.
La frase es de Vania Pérez Morales, presidenta del Comité de Participación Ciudadana del SNA, quien describió un sistema que, a una década de su creación, no ha resuelto casos relevantes de corrupción.
El caso ilustra un problema ético que trasciende a cualquier gobierno en turno: tener reglas escritas sobre conflicto de interés no equivale a tener un sistema que efectivamente las haga cumplir.